En la asamblea de socios, cada socio – también un miembro honorario – tiene un voto. No se permite la transferencia de la ejecución del derecho de voto a otros socios.
La asamblea de socios es competente para los siguientes asuntos:
1. Elección, revocación y aprobación de la gestión del consejo de dirección
2. Toma de decisión sobre modificación del estatuto y sobre la disolución de la asamblea, sobre órdenes de la asociación y directivas
3. Nombramiento de socios especialmente meritorios a miembros honorarios
4. Toma de decisión para instalar individuales departamentos
5. Otras tareas si éstas resultasen del estatuto o según ley.
Por lo menos una vez al año, si fuera posible en el primer semestre, una asamblea ordinaria de socios debe tener lugar. Se convoca por el consejo de dirección con un plazo de dos semanas indicando el orden del día por invitación escrita a la dirección de socio conocida como última a la asociación. La carta de invitación vale como recibida si se ha dirigido a la última dirección dada a conocer por el socio de la asociación.
El orden del día se debe complementar si un socio exige por escrito y motiva esto hasta por lo más tarde una semana antes de la fecha señalada. El complemento se debe dar a conocer al inicio de la asamblea.
El consejo de dirección de la asociación puede convocar asambleas extraordinarias de socios.
El consejo de dirección tiene esta obligación cuando 1/3 de los socios de la asamblea solicita la convocación por escrito indicando las razones.
La asamblea de socios ha alcanzado el quórum cuando se haya convocado debidamente y cuando por lo menos una tercera parte de los socios esté presente. En el caso de que menos de una tercera parte de los socios estuviera presente, la asamblea de socios puede convocarse de nuevo y cronológicamente de forma inmediata después; luego ha alcanzado el quórum sin mirar la cantidad de los socios presentes.
La toma de decisión tiene lugar en votación secreta si ¼ de los socios presentes solicita esto.
Decisiones de la asamblea de socios se toman con simple mayoría de los votos válidos depositados, no se consideran abstenciones de votos. Modificaciones del estatuto necesitan una mayoría de ¾ de los socios presentes. Aquí se trata de los votos válidos depositados. Para la modificación de la finalidad de la asociación se necesita la aprobación de todos los socios.